CFDI CON EL PUBLICO EN GENERAL
- WAW Contadores de la Península
- Jan 22, 2021
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R.M.F. 2020 R.2.7.1.24

CFDI CON EL PUBLICO EN GENERAL.
Los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general y el número de folio o de operación de las notas o tickets que se hubieran emitido.
Es decir, en el CFDI del público en general debe identificarse el importe y folio de cada nota o ticket.
Los contribuyentes que tributen en el RIF podrán elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral a través de la aplicación electrónica “Mis cuentas”, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones.
R.M.F. 2020 R.2.7.1.24
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